Durante los meses de julio y agosto del 2009 la DEFENSORIA DEL VECINO recibió muchas denuncias de usuarios de la CAJA MUNICIPAL ICA en el sentido que no se les reconocía el pago adelantado ni la reducción de intereses, es así que formalizamos varias denuncias ante la Autoridad Administrativa, así después de un año de que en representación del usuario JUAN ANCHANTE GALLEGOS se presentara denuncia administrativa ante INDECOPI ICA, con Expediente Nº 0065-2009/CPC-INDECOPI-ICA, contra la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO ICA S.A., por infracción a la Ley de Protección al Consumidor, ahora el Tribunal de INDECOPI resolvió en última instancia agotando el proceso administrativo.
Con fecha 31 de agosto del 2010, la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, mediante Resolución Nº 1967-2010/SC2-INDECOPI confirmó la resolución en primera instancia de la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI ICA, que multa con S/. 13,348.00 más costos y costas:
1.- La Sala considera que la falta cometida por la Caja Municipal Ica es grave dentro del servicio de gestión de préstamos que brinda en el mercado, pues revela una conducta negligente para el cálculo de intereses que se realiza una vez ejercido el derecho a efectuar pagos anticipados por parte de sus clientes.
2.- La Sala también considera que sí se afectó patrimonialmente al usuario, toda vez que éste se vio obligado a asumir el importe de intereses que no le correspondía, en atención a su derecho a efectuar pagos anticipados.
3.- Finalmente, teniendo en consideración que los efectos que la conducta realizada por la Caja Municipal Ica puede ocasionar en el mercado, dado que la administración de créditos constituye un servicio masivo que puede afectar a una gran cantidad de consumidores, la Sala considera confirmar la resolución de primera instancia en el extremo que sancionó a la denunciada con una multa de 3,76 UlT.
La DEFENSORIA DEL VECINO aclara que el reclamo y la denuncia es un derecho que tenemos los usuarios y consumidores, que beneficia al mercado y principalmente a los proveedores en el sentido que les obliga a mejorar la calidad de sus productos y/o servicios, es así que ahora tendremos a una CAJA MUNICIPAL DE ICA que respete a sus usuarios en cuanto a reconocer el pago anticipado y brindar un servicio idóneo; eso es el aporte y el rol de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.
Instamos a los usuarios de las entidades financieras ante cualquier abuso visitarnos en nuestras oficinas para asesorarlos y defenderlos, presentando las denuncias, como siempre SIN COSTO ALGUNO.
Con fecha 31 de agosto del 2010, la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, mediante Resolución Nº 1967-2010/SC2-INDECOPI confirmó la resolución en primera instancia de la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI ICA, que multa con S/. 13,348.00 más costos y costas:
1.- La Sala considera que la falta cometida por la Caja Municipal Ica es grave dentro del servicio de gestión de préstamos que brinda en el mercado, pues revela una conducta negligente para el cálculo de intereses que se realiza una vez ejercido el derecho a efectuar pagos anticipados por parte de sus clientes.
2.- La Sala también considera que sí se afectó patrimonialmente al usuario, toda vez que éste se vio obligado a asumir el importe de intereses que no le correspondía, en atención a su derecho a efectuar pagos anticipados.
3.- Finalmente, teniendo en consideración que los efectos que la conducta realizada por la Caja Municipal Ica puede ocasionar en el mercado, dado que la administración de créditos constituye un servicio masivo que puede afectar a una gran cantidad de consumidores, la Sala considera confirmar la resolución de primera instancia en el extremo que sancionó a la denunciada con una multa de 3,76 UlT.
La DEFENSORIA DEL VECINO aclara que el reclamo y la denuncia es un derecho que tenemos los usuarios y consumidores, que beneficia al mercado y principalmente a los proveedores en el sentido que les obliga a mejorar la calidad de sus productos y/o servicios, es así que ahora tendremos a una CAJA MUNICIPAL DE ICA que respete a sus usuarios en cuanto a reconocer el pago anticipado y brindar un servicio idóneo; eso es el aporte y el rol de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.
Instamos a los usuarios de las entidades financieras ante cualquier abuso visitarnos en nuestras oficinas para asesorarlos y defenderlos, presentando las denuncias, como siempre SIN COSTO ALGUNO.




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