La DEFENSORIADEL VECINO, presentó DENUCIA PENAL en prevención del delito, ante la Fiscalía Provincial de Ica, contra los electores ¨golondrinos¨ del Distrito de Yauca del Rosario, ubicada en la Provincia de Ica.
La denuncia está tipificada por falsedad genérica en la modalidad de atentado contra los derechos de sufragio, según el Artículo 359º del Código Penal (modificado por Ley 29287).
En el Distrito de Yauca del Rosario, la población electoral según el Padrón Oficial de Elecciones para estas próximas elecciones es de 1,954 electores, es muy superior a la población censada de sólo 1,117 habitantes (entre niños y ancianos).
Como se sabe con el término “golondrino” se conoce a aquellos electores que no residen en el lugar donde sufragan, pero que cambian de domicilio en su DNI con la intención de favorecer a alguna autoridad en cuestión con sus votos.
La Ley 29287 establece pena privativa de libertad hasta 08 (ocho) años a los electores que realicen cambio de domicilio en una circunscripción distinta a la de su residencia habitual, la misma pena le corresponde al que induce a otro efectuar cambio de domicilio fraudulento con el aludido propósito.
La DEFENSORIA DEL VECINO, hace un llamado a los electores que han variado su domicilio hacia el Distrito de Yauca del Rosario, sin tener residencia habitual, abstenerse de votar, ayudar a identificar y denunciar a los que incidieron en dicho cambio, caso contrario serán procesados penalmente.
La denuncia está tipificada por falsedad genérica en la modalidad de atentado contra los derechos de sufragio, según el Artículo 359º del Código Penal (modificado por Ley 29287).
En el Distrito de Yauca del Rosario, la población electoral según el Padrón Oficial de Elecciones para estas próximas elecciones es de 1,954 electores, es muy superior a la población censada de sólo 1,117 habitantes (entre niños y ancianos).
Como se sabe con el término “golondrino” se conoce a aquellos electores que no residen en el lugar donde sufragan, pero que cambian de domicilio en su DNI con la intención de favorecer a alguna autoridad en cuestión con sus votos.
La Ley 29287 establece pena privativa de libertad hasta 08 (ocho) años a los electores que realicen cambio de domicilio en una circunscripción distinta a la de su residencia habitual, la misma pena le corresponde al que induce a otro efectuar cambio de domicilio fraudulento con el aludido propósito.
La DEFENSORIA DEL VECINO, hace un llamado a los electores que han variado su domicilio hacia el Distrito de Yauca del Rosario, sin tener residencia habitual, abstenerse de votar, ayudar a identificar y denunciar a los que incidieron en dicho cambio, caso contrario serán procesados penalmente.




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