El INDECOPI ICA emitió las Resoluciones con respecto a los expedientes de oficio de denuncias en infracción a la Ley de Protección al Consumidor, a las Instituciones Educativas Privadas de la Región Ica, por cobros abusivos, condicionamiento de la matrícula a pagos “voluntarios”, “extraordinarios” o “adelantados:
1.- ORGANIZACIÓN EDUCATIVA ADA. A. BYRON S.A.C
RESOLUCIÓN: 119-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Esquina Leopoldo Carrillo y San Carlos – Chincha Alta.
MULTA: 4.04 UIT ( S/. 14,342.00).
2.- COOP. SERV. EDUC. Nº 239 ABELARDO ALVA M.
RESOLUCIÓN: 141-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCION: Av. Victoria Nº 265 – Chincha Alta.
MULTA: 8.99 UIT (S/. 31,914.50).
3.- COLEGIO NO ESTATAL PERUANO CANADIENSE.
RESOLUCIÓN: 165-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Calle Lima Nº 418 – Ica.
MULTA: 6.19UIT (S/. 21,974.50).
4.- ASOCIACIÓN EDUCATIVA PRIVADA JUAN VALER SANDOVAL.
RESOLUCIÓN: 151-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Calle La Mar Nº 252 – Ica.
MULTA: 3.20 UIT (S/. 11,360.00).
5.- ASOCIACIÓN EDUCATIVA SANTA ROSA DE LAS AMÉRICAS.
RESOLUCIÓN: 133-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Calle La Mar Nº 545 – Ica.
MULTA: 5.95 UIT (S/. 21,122.50).
6.- CONGREGACIÓN CANONESAS DE LA CRUZ.
RESOLUCIÓN: 126-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Urb. La Estancia, Calle Tarapacá S/N – I ca.
MULTA: 7.38 UIT (S/. 26,199.00).
7.- CONGREGACIÓN DE LA MISIÓN PADRES VICENTINOS.
RESOLUCIÓN: 121-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Av. Los Maestros Nº 250 – Ica.
MULTA: 9.45 UIT (33,547.50).
8.- ASOCIACIÓN EDUCATIVA DATA SYSTEM’S INGENIEROS.
RESOLUCIÓN: 164-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Calle Libertad Nº 291 – Ica.
MULTA: 1.21 UIT (S/. 4,295.50).
9.- ASOCIACIÓN EDUCATIVA CRISTO MORENO.
RESOLUCIÓN: 155-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Urb. San Miguel Calle Sérvulo Gutiérrez Nº 280 – Ica.
MULTA: 6.93 UIT (S/. 24,601.50).
10.- C.E.P. SANTÍSIMO NOMBRE DE JESÚS E.I.R.L.
RESOLUCIÓN: 149-2009/CPC-INDECOPI-ICA.
DIRECCIÓN: Urb. Santa Rosa del Palmar Calle Los Diamantes F Int. 21 – Ica.
MULTA: 3.80 UIT (S/. 13,490.00).
Los Colegios Privados están obligados a exhibir un cartel en el que se precisa que no se puede cobrar las pensiones por adelantado ni hacer cobros extraordinarios.
La DEFENSORIA DEL VECINO, hace un llamado a los padres de familia a que sólo están obligados a pagar los cobros autorizados por el Ministerio de Educación, como son la matrícula, pensiones mes por mes y cuota de ingreso si sus hijos son alumnos nuevos; todo lo demás, como rifas, bingos, cuotas voluntarias, cuotas extraordinarias, no están obligadas a pagar.
Por otro lado la Ley establece que los Colegios Privados sólo pueden sugerir a los padres de familia las marcas de los útiles que soliciten para la educación de sus hijos, pero no obligarlos e inducirlos a comprar una marca específica o en un local determinado.




1 comentarios:
me parece extraordinario que se multen a las empresas que no cumplen con las leyes,que no respeten al consumidor al efectuar cobros indevidos y execivos,¡¡aplausos para indecopi!!
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